Por Armando Maya Castro
Jalisco es uno de los estados
más rezagados en materia de
discriminación. Hasta el día de hoy no cuenta con una ley contra este flagelo, pese a que diversas voces han
demandado el establecimiento de un marco normativo que permita que los
jaliscienses que han sido objeto de cualquier tipo de discriminación puedan
disponer de protección jurídica adecuada.
Al respecto, Dixit Hilda Téllez,
directora general adjunta de Quejas y Reclamaciones del Consejo Nacional para
prevenir la Discriminación (Conapred), señaló en septiembre de 2012: “El estado
de Jalisco carece de una ley específica sobre no discriminación, lo que
significa un importante obstáculo para garantizar la igualdad en este Estado.
Lo anterior, entorpece el desarrollo de las personas porque dificulta el
ejercicio de derechos e igualdad real de oportunidades en diversos colectivos
sociales”.
Esto es lamentable porque
Jalisco es una entidad donde la discriminación es un tema que sigue rezagado; es el tercer estado en quejas por
discriminación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, lugar que no es
un motivo de orgullo para los jalisciense, sino más bien de ocupación para el
Poder Legislativo, el órgano en el que reside la potestad de hacer y reformar
leyes.
De ahí la importancia de que la legislación
jalisciense combata, prevenga y erradique todas las formas de discriminación,
inadmisibles en una sociedad que se precia de ser democrática.
Por ello, me parece digna de
celebración la iniciativa de ley que acaba de presentar la diputada Bertha
Yolanda Rodríguez Ramírez, en conjunto con la Fracción Parlamentaria del
Partido Revolucionario Institucional (PRI). Me refiero, evidentemente, a la
Iniciativa de decreto que crea la Ley para Prevenir y Eliminar la
Discriminación en el Estado de Jalisco, que tiene por objeto prevenir y erradicar
toda distinción que atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los
derechos y libertades de los habitantes de Jalisco.
Durante la presentación, la
diputada Rodríguez Ramírez expresó que con esta iniciativa de Ley “se
establecerán principios y criterios que orienten las políticas públicas para
promover la igualdad y la libertad de las personas, a efecto de que sean
reales, efectivas y permanentes. Esto conforme a los derechos humanos y
garantías contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en los tratados internacionales de los que México forma parte y en
la Constitución Política del Estado de Jalisco”.
La iniciativa impone a las
autoridades y servidores públicos de Jalisco el deber de “impulsar, promover,
hacer efectiva y garantizar la eliminación de obstáculos que limiten de manera
formal o sustantiva el ejercicio de derechos, que impidan el pleno desarrollo
de las personas y su efectiva participación en la vida política, económica,
cultural y social”. Esto significa que el Estado está obligado a establecer las
condiciones adecuadas para que prevalezcan las garantías de igualdad y no
exclusión, y para hacer efectivo el respeto a los derechos humanos y garantías
individuales.
De acuerdo con la iniciativa en
comento, “se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión,
restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella,
no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado
obstaculizar, impedir, anular o menoscabar el reconocimiento o el ejercicio de
los derechos y libertades cuando se base en uno o más de los motivos
siguientes: origen étnico o nacional, la raza, el color de piel, la cultura, el
sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica,
de salud o jurídica, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, la
identidad de género, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, la apariencia física, las características genéticas,
la condición migratoria, el embarazo, la lengua, el idioma, la identidad y
filiación política, los antecedentes penales o cualquier otro” (Artículo 3°).
De aprobarse la iniciativa
presentada por el PRI –como creo que ocurrirá–, quedará terminantemente
prohibida en el estado de Jalisco toda discriminación basada en los motivos
mencionados en la anterior definición, así como en “cualquier otro motivo que
tenga por objeto o resultado obstaculizar, impedir, anular o menoscabar el
reconocimiento o ejercicio de los derechos y libertades de las persona”
(Artículo 7°).
Entre
los diversos actos que -de acuerdo con la iniciativa en cuestión- se
considerarán como discriminación, me interesa destacar el siguiente: “Negar
asistencia religiosa a personas privadas de la libertad, que presten servicio
en las fuerzas armadas o que estén internadas en instituciones de salud o
asistencia”. Y lo destaco porque en el pasado reciente se han presentado casos
de esta naturaleza en el estado de Jalisco, ocasionadas por servidores públicos
que ocupan sus cargos para defender y proteger los intereses de determinada
religión, violentando así el carácter laico del Estado y el principio de no
discriminación.
El
anhelo de los jaliscienses es que la ley en cuestión fortalezca la prevención y
eliminación de la discriminación en el estado de Jalisco, lo que nos permitirá
avanzar en el fortalecimiento de las libertades fundamentales de los habitantes
de este bello estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario