viernes, 31 de agosto de 2012

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN MÉXICO


Por Armando Maya Castro

Sin garantías a periodistas no hay libertad de expresión
 
 
Por el papel que juegan los informantes en América Latina, esta región se ha convertido en la más peligrosa del mundo para quienes se dedican a investigar y denunciar los actos de corrupción y abuso de poder de las autoridades, así como las atrocidades y violaciones a los derechos humanos.

La violencia contra los profesionales de la comunicación es un problema que no es reciente en Latinoamérica; ha estado presente desde hace mucho tiempo en Argentina, México, Bolivia, Venezuela, Nicaragua y Ecuador, países donde los esfuerzos para el respeto al derecho fundamental de la libertad de expresión no han dado los frutos anhelados. Apenas ayer, el periodista César Guifarro Casaleno, vocero de la Dirección Nacional de Tránsito de Honduras, fue asesinado a balazos a escasos metros de su casa.

En México y en algunas de las naciones mencionadas en el párrafo anterior, la amenaza a la libertad de expresión proviene de los cárteles del crimen organizado, que ven en la investigación periodística una clara afectación a sus intereses; en otros países, el acoso y la violencia contra los medios de comunicación procede de gobiernos autoritarios e intolerantes, cuyas acciones y leyes intentan limitar y/o controlar la libertad de expresión.

En el caso específico de México, el derecho a la libertad de prensa fue reconocido hasta la promulgación de la Constitución de 1857, que estableció, entre otras libertades, la de palabra, imprenta, enseñanza, reunión y de trabajo. Sin embargo, antes de la ya referida Carta Magna podemos encontrar un antecedente de la libertad de prensa: la Ley Lafragua, elaborada por José María Lafragua, y dada a conocer durante el gobierno de Ignacio Comonfort, en diciembre de 1855.

En la Asamblea Constituyente de 1857, Francisco Zarco, uno de los pocos periodistas invitado a dicho Congreso, habló ardientemente en defensa de la libertad de expresión, en los siguientes términos: “Deseo defender la libertad de prensa, como la más preciosa de las garantías del ciudadano y sin la que son mentiras cualesquiera otras libertades y derechos”. 

Durante el periodo presidencial de Benito Juárez (1858-1872), mejoraron considerablemente las condiciones para la libertad de expresión, especificadas en la Constitución liberal arriba citada. A partir de entonces, se publicaron periódicos de diferentes tendencias políticas e ideológicas, en los que se exponían y defendían las ideas de los grupos, ya fueran conservadores o liberales. 

El libre ejercicio del periodismo en México ha implicado siempre innumerables riesgos, amenazas y obstáculos. Las agresiones a periodistas mexicanos han sido tantas y tan frecuentes, que por algo ha sido considerado como el país latinoamericano más peligroso para ejercer el periodismo. El alto índice de periodistas asesinados ha ocasionado que en el extranjero se tenga la percepción de que en nuestra nación no existe la libertad de expresión.

El Estado debe reconocer que ha incumplido su compromiso con la libertad de expresión, y que le ha fallado no sólo a los periodistas sino también a los mexicanos que tienen el derecho a ser debidamente informados. No está por demás recordar lo que el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos establece al respecto: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado”.

Otro ordenamiento jurídico orientado a salvaguardar la integridad física de los comunicadores es la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, publicada el pasado 25 de junio en el Diario Oficial de la Federación. No obstante esta legislación y las acciones implementadas por las autoridades de gobierno, la situación de los periodistas en México es altamente preocupante. Ahí está el caso de Lidia Cacho, “Heroína de la libertad de prensa”, a quien no le quedó más remedio que abandonar el país luego de recibir amenazas de muerte, al parecer, provenientes del crimen organizado. 

La destacada periodista declaró que estará fuera de nuestro país hasta que se den las condiciones para que pueda desarrollar su vida con normalidad. Esas condiciones son las que ella espera, y las que esperan los hombres y mujeres que han consagrado su tiempo a la defensa de los derechos humanos y al periodismo.


@armayacastro

miércoles, 29 de agosto de 2012

COAHUILA, EL CASO QUE NO DEBE REPETIRSE


Por Armando Maya Castro

El Congreso de Coahuila le falló a quienes pedían respeto al Estado laico


Lo sucedido en el Congreso de Coahuila con la reforma del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha ocasionado que en muchos estados de la República la ciudadanía desconfíe de la palabra de los diputados y del compromiso de éstos con el Estado laico, el cual ha demostrado ser la mejor garantía para la libertad de conciencia, de creencias y de culto.

Como usted recordará, amable lector, el pasado 7 de junio, todos los diputados de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso coahuilense, a excepción de Simón Hiram Vargas, del Partido Nueva Alianza, votaron un dictamen que rechazaba la reforma del artículo 24 constitucional.

El dictamen que entonces se aprobó, decía: “Por las razones expuestas, esta Legislatura considera no es procedente aprobar el Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Así lo acuerdan los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y Justicia”. 

Cuatro diputados del Partido Revolucionario Institucional –integrantes de la citada comisión, que habían votado en contra de la reforma– ya en el pleno cambiaron su voto y parecer, por las “razones” que uno de ellos esgrime: “Tuvimos información negativa, y en ese momento valoramos esa situación, pero al paso de los días tuvimos información más amplia, y bueno, es de humanos cambiar de opinión”, dijo el priísta Ricardo López.

El diputado López Campos no reveló los nombres de las personas y/o grupos que les proporcionaron la información “más amplia” que lo llevó a él y a tres diputados de su bancada a cambiar de opinión; tampoco explica el legislador por qué motivo decidieron no convocar al debate –a partir de esa información– a los sectores sociales que se oponen a la citada modificación legislativa.

Este manejo turbio y de escasa transparencia ha incrementado la desconfianza de la ciudadanía hacia los diputados. Es por ello que en algunas legislaturas estatales, donde se han emitido dictámenes en contra de la reforma del artículo 24 (como es el caso de Nuevo León), las personas y grupos que ven amenazadas sus libertades fundamentales están manifestándose para que no se repita lo sucedido en el estado de Coahuila.

Los habitantes de Nuevo León esperan que el Congreso de esa entidad valide en el pleno el dictamen que ha emitido la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, de acuerdo con el cual se rechaza la reforma del artículo 24 constitucional en los siguientes términos: “No es de aprobarse la minuta con proyecto de decreto enviada al Congreso del estado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión mediante la cual reforma el párrafo primero del artículo 24 de la Constitución”.

Lo mismo se espera en las demás entidades de la República mexicana, donde miles de ciudadanos, haciendo uso de sus derechos, exigen que se preserve inalterable el carácter laico de la educación y del Estado, instituciones que constituyen el legado más importante de Benito Juárez y de los hombres de la Reforma, quienes dedicaron sus mejores años a “crear y transformar instituciones públicas, a incrementar la conciencia ciudadana y a fortalecer el ejercicio de los derechos cívicos”. 

Insisto en lo que ya antes había señalado en este mismo espacio: nuestro país está urgido de diputados que amen a México y favorezcan los intereses de la ciudadanía por encima de todo. Necesita legisladores que realicen su trabajo con altura de miras, escuchando las voces ciudadanas y encontrando en ellas su razón de ser, no en su partido, bancada o en alguna línea particular o específica.

Los mexicanos anhelamos esa clase de diputados que hagan su trabajo racionalmente, rechazando la obediencia ciega y sorda que busca satisfacer la cúpula partidista y, pocas veces, los intereses de la población. Necesitamos legisladores como los que tuvo México a mediados del siglo XIX, hombres que procuraron patrióticamente el bien jurídico de la nación por encima de su credo y del bienestar de los líderes religiosos de la Iglesia a la que pertenecían.

México espera que las legislaturas que han aplazado la votación de la reforma del artículo 24 constitucional privilegien por encima de intereses particulares y de grupo los principios y valores del Estado laico, satisfaciendo únicamente las demandas de los y las ciudadanas que representan. ¡No a la reforma del artículo 24 constitucional!


@armayacastro

domingo, 26 de agosto de 2012

LAS VÍCTIMAS INOCENTES DE LA INTOLERANCIA RELIGIOSA


Por Armando Maya Castro


 
El actual ciclo escolar empezó en Chiapas de manera normal, excepto en Yashtinín, comunidad situada en los Altos de Chiapas, en donde a 11 niños del nivel de prescolar y primaria se les impidió tomar clases por un problema de intolerancia religiosa. 

Este lamentable mal social, y la forma en que afecta a los niños evangélicos de Chiapas, ha tenido resonancia internacional. En el año 2001, el Departamento de Estado de la Unión Americana, en su Reporte 2001 sobre libertad religiosa, informó: “Existieron un número significativo de casos de intolerancia religiosa causados por actitudes de la sociedad durante el período cubierto por este reporte, la mayoría de estos casos ocurrieron en Chiapas. Por ejemplo, cada año, desde 1994, se les ha negado a 130 niños protestantes evangélicos el acceso a escuelas públicas locales en seis comunidades del municipio de San Juan Chamula”.

En los últimos tres lustros, diversas personas y organizaciones han pedido el cese de la intolerancia religiosa, fenómeno que crece bajo el impulso fundamentalista de los católicos de Los Altos de Chiapas. En abril de 2010, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), a través de un comunicado hizo un llamamiento “a superar y erradicar la intolerancia religiosa ante los hechos ocurridos en la comunidad de Shulvó, en el municipio de Zinacantán, Chiapas”.

Respecto a lo anterior, quiero señalar que esa actitud fanática e intolerante afecta no sólo a los niños que son discriminados, sino también a quienes no lo son, pues desde pequeños se les infunde odio y desprecio hacia quienes piensan y creen diferente. Los padres que instruyen a sus hijos de esta manera, quebrantan la Declaración de los Derechos del Niño, de acuerdo con la cual, los niños tienen el derecho de “ser educado[s] en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe[n] consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes”. 

La intolerancia que se manifiesta en Chiapas preocupa porque es una entidad situada en territorio nacional; inquieta asimismo porque –si las autoridades no hace lo suficiente para erradicar ese problema– se corre el riesgo de que en otros estados de la República se adopten y/o se imiten este tipo de prácticas irracionales violatorias de los derechos humanos.
La “solución” que algunos han propuesto es que haya unas escuelas para católicos y otras para evangélicos. La solución no es esta, sino que los responsables de la aplicación de la ley cumplan con su deber y pongan fin a la impunidad de los grupos fundamentalistas que se esfuerzan por mantener vigente el monopolio religioso de la Iglesia católica.

Estos grupos deben de aceptar que las escuelas de México no son exclusividad de los católicos; como tampoco son exclusividad de los evangélicos aquellas  escuelas donde éstos son mayoría. La educación es un derecho que la Constitución otorga a todos los niños del país, independientemente de que sean católicos, ortodoxos, protestantes, musulmanes, judíos, etcétera. 

¿Qué sucedería en Chiapas si la mayoría de los congresos locales aprueban la reforma del artículo 24 constitucional? Tenga usted la seguridad, amable lector, que los casos de intolerancia religiosa se multiplicarían en ese estado y en muchas otras entidades de la República mexicana. Hay que recordar que la intencionalidad de dicha reforma es introducir la educación religiosa a las escuelas públicas, una educación que discrimina y excluye a los niños cuyos padres no profesan el catolicismo.

Sería lamentable –y un retroceso para el país– que la mayoría de los congresos estatales aprobaran la reforma del artículo 24 constitucional, pues, de esa manera, estarían permitiendo que la religión se instale de nueva cuenta en las escuelas públicas y se convierta en un elemento de polarización que producirá atropellos, bullying, deserción escolar, etcétera. Aprobar dicha reforma significa llevar más discriminación e intolerancia a las escuelas públicas. Nuestro país no quiere eso, sino la paz, la armonía, la concordia.  


@ArmayaCastro

viernes, 24 de agosto de 2012

GOLPE AL ESTADO LAICO EN COAHUILA


Por Armando Maya Castro

El Congreso de Coahuila asesta duro golpe al Estado laico


El pasado 21 de agosto, el Congreso del estado de Coahuila le asestó un duro golpe al Estado laico, al aprobar por mayoría de votos la reforma del artículo 24 de la Constitución General de la República, que abre las puertas para la educación confesional en las escuelas públicas y la entrega de concesiones de medios de comunicación a las asociaciones religiosas. 

Durante el desarrollo de la sesión legislativa, algunos diputados coahuilenses manifestaron –falsamente– que la reforma en cuestión no constituye ninguna violación al Estado laico, y menos a la educación laica, demostrando así que su “análisis” se centró exclusivamente en la minuta que les turnó el Senado de la República, no en el Dictamen con Proyecto de Decreto que fue aprobado por la Cámara de Diputados el 15 de diciembre del año 2011. 

Al soslayar el dictamen de la reforma del artículo 24 de nuestra Carta Magna, los legisladores de Coahuila pasaron por alto un punto sumamente importante: que la exposición de motivos “procura elementos para la interpretación auténtica de la ley, al expresar la opinión de los legisladores, mismos que elaboraron el precepto normativo y que no es posible desentenderse de la intención expresamente declarada por la autoridad legislativa, que recibió y admitió una iniciativa de ley y que en vista de ella dictó una disposición de carácter general”. En otras palabras, la exposición de motivos expresa la voluntad del legislador y de la ley. 

¿Pero cuál es la intencionalidad de la reforma del artículo 24 constitucional, según su correspondiente exposición de motivos? Veamos lo que dice el dictamen de la Cámara de Diputados: “Con estas premisas es posible entender la necesidad de revisar el artículo 24 de la Constitución para que de manera explícita se reconozca el derecho a la libertad religiosa. Asimismo, a la luz de él se requerirá tanto la revisión de los artículos 3o., 5o., 27 y 130 como de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público publicada en el Diario Oficial el 15 de julio de 1992 y el Reglamento de Asociaciones Religiosas y Culto Público publicado en el Diario Oficial el 6 de noviembre de 2003.”

La anterior consideración deja en claro que la reforma del artículo 24 constitucional pretende el desmantelamiento del Estado laico y todo el sustento jurídico que se fundamenta en los artículos que, según el dictamen de la Cámara de Diputados, requerirán “revisión”: 3° (educación laica); 5° (prohibición de pactos que menoscaben la libertad, como sucede con los votos monásticos); 24 (libertad de creencias y culto); 27 (patrimonio eclesiástico); y 130 (separación Estado e Iglesias).

La intencionalidad de la reforma no desaparece con el dictamen que el pasado 28 de marzo emitiera el Senado de la República, de acuerdo con el cual “el propósito de la reforma del artículo 24 de ninguna manera sugiere ni requiere abrir el camino para futuras reformas a los preceptos que son la base del Estado laico mexicano”. 

Por otra parte, el propio análisis de la minuta de reforma del artículo 24 nos permite conocer cuál de los dos dictámenes prevalecerá al final. Independientemente de que el Dictamen de la Cámara de Senadores diga que no será modificado el artículo 3° constitucional, la reforma de este artículo tendrá que realizarse por la razón que refiere Foro Cívico México Laico, en el documento titulado: «La reforma del artículo 24 constitucional, razones para rechazarla»: “En efecto, la fracción I del artículo 3º constitucional dispone: “I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa”. Pero toda vez que con la reforma del artículo 24 desaparecerá la «libertad de creencias», y en su lugar se consagrará la «libertad de religión», por congruencia de texto se tendrá que reformar también el artículo 3º. De no hacerlo, en el artículo 3° se haría referencia a una libertad que ya no estaría contemplada por el artículo 24: la «libertad de creencias», lo que generará una incoherencia constitucional”.

Los legisladores coahuilenses no desconocían estos sólidos argumentos, ya que organizaciones como Coahuila Laico y Foro Cívico México Laico se acercaron a ellos en diversas ocasiones para hacerles ver que la reforma del artículo 24 constitucional pone en riesgo la educación laica, afecta seriamente nuestras libertades fundamentales y, en consecuencia, la paz social y convivencia entre los mexicanos.